¿Porque se prorrogó el blanqueo? Porque se generó un tapón de consultas de clientes con los bancos cuando tenían que abrir la cuenta CERA (Cuenta Especial de Regularización de Activos) por demasiadas normativas a último momento y esto generó que el gobierno extendiera los plazos para aumentar la recaudación en la primera etapa, que además es la única en la que se puede exteriorizar dinero en efectivo
La medida generó un aluvión de consultas. El sector inmobiliario la considera esencial para revitalizar la construcción y venta de propiedades
La primera etapa del blanqueo se extendió hasta el 31 de octubre de 2024, brindando más tiempo a los interesados para regularizar sus fondos
Los montos para las inversiones Inmobiliarias pueden ser de mayor o menor valor a U$S 100.000.- Quienes ingresaron a las cuentas especiales tenencias de efectivo hasta el último día de septiembre podrán retirarlos pero no podrán volver a blanquear otras sumas
Aquellos que regularicen fondos de hasta U$S 100.000 antes de la fecha límite podrán retirarlos sin retenciones a partir del 1 de octubre de 2024
Plazos: La adhesión al régimen está activa desde el 18 de julio, hasta el 31 de marzo de 2025. Aquellos que regularicen fondos de hasta USD 100.000 antes de la fecha límite podrán retirarlos sin retenciones a partir del 1 de octubre de 2024.
- Etapa 1: (con la prorroga) hasta el 31 de Octubre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de USD 100.000.
- Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
- Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.
La extensión por un mes de la primera etapa del blanqueo, única etapa que permite a los contribuyentes declarar y exteriorizar ante el fisco de pesos o dinero en moneda extranjera en efectivo, incluye una cláusula para quienes retiren fondos de sus cuentas denominadas CERA (Cuenta Especial de Regularización de Activos) no podrán volver a regularizar fondos bajo este mismo mecanismo.
El blanqueo si se permite en casos destinados a proyectos de construcción, refacción, desarrollo y a la compra de viviendas en general, este blanqueo de capitales brinda a los inversores la oportunidad de ingresar al mercado a valores competitivos, aprovechando la etapa inicial de los proyectos, donde los precios suelen ser más accesibles. En comparación con una unidad a estrenar, los valores pueden ser hasta un 30% más bajos en el precio de publicación.
Sin embargo es crucial que los compradores y desarrolladores entiendan que no todas las inversiones son posibles: los fondos blanqueados no pueden usarse para compra de terrenos sin desarrollar ni para inversiones fuera del ámbito inmobiliario, como acciones o bonos, a menos que se adhieran a otras excepciones específicas del régimen de blanqueo. ( te las explico más adelante incluso para la compra de viviendas usadas también quedaron excepciones)
Los pasos a seguir para el blanqueo:
1) Una vez depositados los activos, pueden utilizarse para comprar tanto de proyectos en pozo con menos del 50% de avance (los fondos cubren el boleto de compraventa, la escritura o el aporte a fideicomisos de construcción) como inmuebles ya construidos, sin incurrir en impuestos adicionales por estas transferencias.
2) Depositar los USD 100.000 (caso ejemplo) en la cuenta CERA.
3) Transferir los fondos blanqueados desde la cuenta CERA a otra de su titularidad. Para eso el Banco le va a pedir una declaración jurada indicando que transfiere los fondos a los efectos de realizar una operación onerosa. Esa operación consiste en comprar un inmueble.
4) Pagar el inmueble al vendedor con los fondos hasta el 31 de Octubre. Si bien es recomendable que se pague mediante transferencia bancaria para que exista trazabilidad, las normas no impiden que se retire el dinero y se pague en efectivo. Algunos bancos permiten realizar un trámite para ampliar el monto de las transferencias para realizar una de alto monto como estas. Es importante averiguar en el Banco el plazo de la acreditación ya que puede no ser inmediata y es algo que se debe considerar para el momento de escriturar.
5) La escritura traslativa del dominio del inmueble es el elemento que acredita que se realizó la operación onerosa. También podría ser un boleto de compra-venta.
6) El vendedor recibe los fondos por la venta del inmueble y puede disponer de los mismos sin restricciones.
7) El comprador puede disponer del inmueble que compró sin restricciones de mantenerlo por un tiempo determinado.
Los aspectos esenciales para adquirir un inmueble son:
El destino: si será para alquiler o vivienda permanente en este último caso hay una exención del Impuesto sobre los Bienes Personales y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Si se compra para vender a corto plazo: Se aplicará en el impuesto a las ganancias un impuesto cedular del 15% sobre la enajenación. Además, el costo del inmueble podrá ser actualizado según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde la fecha de compra hasta la fecha de venta, conforme a la documentación que respalde la operación.
Posibilidad de adhesión al REIBP: Al adherirse al Régimen Especial de Pago del Impuesto a los Bienes Personales, el efectivo regularizado puede ser incluido en la base imponible de este impuesto con una alícuota del 2% para los períodos fiscales 2024 a 2027.
Conclusiones:
No hay que esperar para tomar la decisión de ingresar al blanqueo, ya que los tiempos operativos son muy cortos y cualquier demora puede implicar la pérdida de una gran oportunidad.
Es recomendable acercarse al banco con el que se opera y solicitar la apertura de la cuenta especial, mientras se consulta a un contador para la asistencia en las presentaciones necesarias.
¿Porque se prorrogó el blanqueo? Porque se generó un tapón de consultas de clientes con los bancos cuando tenían que abrir la cuenta CERA por demasiadas normativas a último momento y esto generó que el gobierno extendiera los plazos para aumentar la recaudación en la primera etapa.
¿De qué manera el blanqueo puede evitar el pago del impuesto?
Hay dos grandes caminos: Si blanqueas menos de 100.000 usd no pagas ninguna alícuota y es totalmente gratis.
Si vas a blanquear más de 100.000 Usd: Podes dejar el dinero inmovilizado hasta el año 2026, y la otra opción es destinar ese dinero a un paquete de inversiones que aprobó el gobierno para generar más ingresos y mejor recaudación. Y la tercera y la mejor opción para este rubro son los desarrollos en pozo que tengan un grado de avance menor al 50%.
Lee aquí cuales son los proyectos registrados en AFIP apto blanqueo:
CEDU | Ley 27.743 Incentivos a la Construcción
LINK AL BLOG Y LA NOTA EN LINKEDIN
Se prorrogaron las fechas del Blanqueo
Fuente: BLOG MODO INMOBILIARIO (5–10–2024)
A. BRAÑA PROPIEDADES
Teléfono fijo 4682–4700
Teléf. Móvil / WhatsApp 4418–2674
Email: abranapropiedades@gmail.com
Web: www.inmobiliariabraña.ar
C. P. I. Alejandro BRAÑA
Matrícula Nº 199
Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)
Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)
Matrícula Nº 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)
Integrante de la Red Inmobiliaria CABAPROP
Red Exclusiva de Corredores Inmobiliarios Matriculados del Colegio Profesional Inmobiliario CABA (CPI — CUCICBA)
Integrante Sistema Inmobiliario SOM — Club de Inmobiliarias S.A.
Servicio de Ofertas Múltiples de la República Argentina
Miembro de 777 REAL ESTATE — RED INMOBILIARIA
Socio Sistema Inmobiliario LUGANOPROP — LUGANOVIVE
Inmobiliarias de Villa Lugano Interconectadas
Socio Nº 4579
Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) y RED NACIONAL CIA
Socio Nº 90 Sistema Inmobiliario CECIN
Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs. As.
Integrante Sistema Inmobiliario A.P.I.
Asociación Profesionales Inmobiliarios de la República Argentina